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La flexibilización educativa: lo mejor de dos mundos (entre escolarización y homeschool)

Ponencia de Madalen Goiria (Universidad del País Vasco) aportada en el II Congreso Nacional y I Congreso Internacional sobre Educación en Familia-Homeschooling: Innovación educativa y escuela flexible (flexischool) Universidad de Navarra. Noviembre 2011

La sentencia del TC

•La Constitución efectivamente, no consagra directamente el deber de escolarización, ni mucho menos otros aspectos más concretos de sui régimen jurídico como, por ejemplo, la duración del período sobre el que ha de proyectarse a las circunstancias excepcionales en las que dicho deber pueda ser dispensado o verse satisfecho mediante un régimen especial. Quiere ello decir que a la vista del artículo 27 CE no cabe excluir otras opciones legislativas que incorporen una cierta flexibilidad al sistema educativo y, en particular, a la enseñanza básica, sin que ello permita dejar de dar satisfacción a la finalidad que ha de presidir su configuración normativa.(STS, 2 de dic. 2011, FJ,9)

Sentido de la sentencia

•La sentencia no dice que educar en casa sea ilegal. Y no puede hacerlo porque educar en casa es una obligación que corresponde a quienes ejercen la patria potestad.

•Lo que dice que es la Ley orgánica que establece la obligatoriedad de la escolarización no vulnera el artículo 27 de la CE, porque los padres pueden ejercitar por otros medios su derecho a educar.

Contexto de la sentencia

•La libertad de enseñanza recibe la interpretación más restrictiva posible

Contenido del derecho de los padres

•- Derecho de los padres a educar a sus hijos fuera del horario escolar

•- Derecho de los padres a elegir un centro educativo homologado

•-Derecho de los padres a crear centros educativos

Tras esta interpretación tan restrictiva

•¿Qué opciones surgen?

OPCIONES

1.Vía legislativa: modificación legal de modo que las leyes educativas recojan expresamente la opción tal y como expresa la propia sentencia.

No cabe excluir otras opciones legislativas que incorporen una cierta flexibilidad al sistema educativo y, en particular, a la enseñanza básica”.

El término escolaridad

2. Una interpretación alternativa del término escolarización que aporte un elemento de flexibilidad.

¿Cómo?

¿Exige la ley que la escolarización sea a tiempo completo?

¿Exige la ley que la escolarización sea presencial?

¿Exige la ley que la escolarización sea uniforme para todo el alumnado?

Respuestas

•A la primera cuestión podríamos afirmar que legalmente es posible plantear el flexi schooling dentro del concepto de escolarización.

•A la segunda da respuesta el art. 55 de la Ley de Educación de Catalunya,

•A la tercera da respuesta la admisión en la propia LOE de las ACI (Adaptación Curricular Individualizada)

Artículo 55.2 LEC

•Se pueden impartir en la modalidad de educación no presencial las enseñanzas postobligatorias, las enseñanzas que no conducen a titulaciones o certificaciones con validez en todo el Estado, los cursos de formación preparatoria para las pruebas de acceso al sistema educativo, la formación en las competencias básicas, la formación ocupacional y la formación permanente. También se pueden impartir excepcionalmente, enseñanzas obligatorias y otras enseñanzas que en determinadas circunstancias, establezca el Departament.

¿Qué aporta el FS a la sociedad?

1. Aporta al Estado estrategias para hacer frente al fracaso escolar, más allá de las ACI (Sdaptación Curricular Individualizada)

2.Permite que los menores compartan más tiempo con su familia y desarrollando sus aficiones

3. Permite que las familias que educan en casa puedan valerse de los medios que ofrece la escuela. Facilita la transición hogar-escuela

4. Permite a los padres que escolarizan involucrarse de un modo más intenso en la educación de sus hijos.

5. Para el sistema escolar, le ayuda para procurar una formación más adaptada a las necesidades especiales de los menores, allí donde las hubiera

Beneficios para los propios alumnos con necesidades especiales

Ventajas del flexi schooling

  • •Aprendizaje individual y grupal
  • •No hay un único lugar de aprendizaje
  • •Se familiarizan con el aprendizaje autónomo
  • •Los padres toman un rol activo en el aprendizaje de sus hijos
  • •Cooperación entre padre y escuela
  • •Los padres pueden trabajar a tiempo parcial fuera de casa
  • •Los niños están más motivados porque pasan menos tiempo en le escuela
  • •El sistema escolar puede economizar en recursos
  • •Se posibilita grupos más reducidos en el aula

Inconvenientes del flexi schooling

  • •Puede que la escuela elegida no ofrezca matriculación a tiempo parcial
  • •Los niños en situación parcial pueden ser consideraros “raros” por los demás
  • •La relación con la escuela puede ser poco sólida
  • •El trabajo en grupo puede sufrir altibajos
  • •Puede ser que el trabajo no realizado en el escuela necesite ser completado
  • •Las escuelas siempre prevén la posibilidad de problemas disciplinarios, y evitan llegar a este tipo de acuerdos

Acuerdo de escolarización flexible

•Año académico

•Deseo que mi/nuestro hijo/a...... Acuda a .... Centro Escolar en base a este acuerdo de escolarización flexible

•Yo/nosotros comprendemos en su integridad el que hemos llegado con la escuela y asumimos el compromiso de respetar los criterios que aquí se establecen.

•(Cláusulas)

•Los (nº) días señalados para acudir al centro son

•Director/a Padres/Cuidadores

Otras vías de flexibilización

•Flexibilización de la aplicación del protocolo de absentismo

•Flexibilización en la división rígida escuela-casa, a través de la posibilidad de la transición escuela-casa y viceversa de tipo transitorio.

Permeabilidad

•Existen muchas familias que no quieren educar en casa, o quizás no pueden, y sin embargo quisieran contar con un sistema escolar más adaptado a sus necesidades familiares y a los cambios que ocurren en el seno de la familia.

Cooperación

•Sería deseable una cooperación entre familias, colectivos y personas que desde diferentes ámbitos pretenden la flexibilización del sistema escolar.

•No debieran alienarse ambos colectivos y enfrentarse en intereses contrapuestos sino colaborar con una finalidad común: la mejor adaptación del sistema a sus necesidades.

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